La ley de rehabilitación prevé actuar sobre 100.000 viviendas
Contempla un canon disuario a edificios ruinosos que solo se aplicará en determinados casos
Obras de rehabilitación en el casco histórico de Ourense. Obras de rehabilitación en el casco histórico de Ourense.
Agencias Santiago / Atlántico Diario
La ley de rehabilitación con la que la Xunta aspira a regenerar y dinamizar cascos históricos y núcleos rurales será sometida de inmediato a exposición pública y prevé la “eliminación de trabas burocráticas y de obstáculos normativos” para actuar en casi 100.000 viviendas ubicadas en zonas degradadas. También permitirá expropiar o cobrar un canon a propietarios de edificaciones en estado ruinoso y en las que se incumpla la obligación de rehabilitar.
Lo explicaron el presidente, Alberto Núñez Feijóo, y la conselleira de Infraestruturas e Vivenda, Ethel Vázquez, al término de la reunión del Consello de la Xunta que analizó un anteproyecto que priorizará la recuperación de los núcleos históricos catalogados como BIC a través de la declaración de las “áreas Rexurbe”, en las que la Xunta actuará directamente como promotora. En las mismas, la Administración autonómica podrá expropiar los edificios declarados en ruinas y en los que se incumplan las obligaciones de rehabilitar.
En la presentación inicial de esta norma ya se había avanzado que permitiría la expropiación de propiedades, pero ahora la Xunta añade que también se podrá cobrar un canon a propietarios de edificios ruinosos, con excepciones según las zonas y situación económica. La tasa será anual y se corresponderá con el 0,4 ó 0,6 por ciento del valor catastral del inmueble.
Situaciones especiales
Vázquez subrayó que esta tasa, cuyos ingresos se utilizarán para rehabilitar la zona en la que se ubica el edificio gravado, no tiene un afán “recaudatorio”, sino “disuasorio”. De hecho, en el caso de las familias con dificultades económicas que no puedan rehabilitar por su situación se aplicarán bonificaciones del 90 por ciento.
Para dar mayores facilidades en las actuaciones de rehabilitación, se prevé la aprobación de normas de aplicación directa en zonas especialmente degradadas y que carecen de plan especial o tienen uno obsoleto. Estas normas, que prevén facilitar la recuperación de hasta 100.000 viviendas, tendrán como destino -respetando la protección que puedan tener las edificaciones- facilitar actuaciones y el uso conjunto de los portales; así como la regularización y agregación de las parcelas, o la unión de locales comerciales en el bajo de más de un edificio.
También la demolición y reforma de la fachada cuando la protección del edificio sea de tipo ambiental o el vaciado parcial o total en edificios en que la protección sea estructural. Además, se prevé abrir la posibilidad de concesión de licencias directas en edificios de núcleos históricos, excepto cuando se trate de bienes patrimoniales protegidos.
Con el fin de eliminar trabas, simplifica también los trámites para aprobar las modificaciones puntuales no sustanciales del planeamiento urbanístico que son necesarias para la recuperación de un ámbito, rebajando los plazos en un 40 por ciento. Para ello, la superficie de la modificación no deberá superar los 10.000 metros cuadrados ni el 1 por ciento del suelo urbano del municipio (o el 3 por ciento en el caso de los ayuntamientos de menos de 5.000 habitantes) y tampoco podrá modificar la clasificación del suelo.