{"id":2875,"date":"2018-10-19T10:04:49","date_gmt":"2018-10-19T08:04:49","guid":{"rendered":"https:\/\/aproin.com\/?p=2875"},"modified":"2018-10-19T10:04:49","modified_gmt":"2018-10-19T08:04:49","slug":"el-supremo-abre-la-puerta-a-un-reintegro-millonario-a-200-000-gallegos-hipotecados","status":"publish","type":"post","link":"https:\/\/aproin.com\/index.php\/el-supremo-abre-la-puerta-a-un-reintegro-millonario-a-200-000-gallegos-hipotecados\/","title":{"rendered":"El Supremo abre la puerta a un reintegro millonario a 200.000 gallegos hipotecados"},"content":{"rendered":"<p style=\"text-align: justify;\"><em>El tribunal rectifica y carga a la banca el principal impuesto del pr\u00e9stamo -En un cr\u00e9dito medio en Galicia, el importe ronda los 1.000 euros -Solo las hipotecas canceladas hace m\u00e1s de cuatro a\u00f1os estar\u00edan prescritas<\/em><\/p>\n<p style=\"text-align: justify;\">Julio P\u00e9rez Vigo<\/p>\n<p>En algo menos de ocho meses, el <strong>Tribunal Supremo<\/strong> da un giro de 180 grados sobre qui\u00e9n debe asumir el principal gasto en la formalizaci\u00f3n de las hipotecas y cambia por completo las reglas de juego entre la banca y los consumidores. A finales del pasado febrero, el Pleno de la Sala Primera se\u00f1al\u00f3 directamente al cliente. Ten\u00eda que ser \u00e9l y no la entidad financiera el que abone el impuesto de Actos Jur\u00eddicos Documentados (AJD) porque el reglamento del tributo as\u00ed lo se\u00f1ala. El sector financiero respir\u00f3 aliviado tras evitar un nuevo batacazo en sus cuentas, como ocurri\u00f3 con las cl\u00e1usulas suelo. Pero la Sala de lo Contencioso-Administrativo rectifica. En otra hist\u00f3rica sentencia anunciada ayer, el alto tribunal asegura que las entidades son las \u00fanicas beneficiadas de la inscripci\u00f3n de las escrituras en el registro -solo si se elevan a p\u00fablicas pueden, por ejemplo, solicitar el desahucio de un moroso- y por tanto a ellas les toca pagar.<\/p>\n<p style=\"text-align: justify;\">Buena parte de la resoluci\u00f3n est\u00e1 dedicada a justificar por qu\u00e9 es necesario &#8220;matizar, corregir o cambiar&#8221; de parecer, incluido el reciente fallo de febrero que se\u00f1ala exactamente lo contrario, pese &#8220;a la solidez de buena parte de los argumentos&#8221; empleados en sentencias previas. Pero al Supremo ahora no le cabe &#8220;la menor duda&#8221; de que el beneficiario del documento &#8220;no es otro que el acreedor hipotecario, pues \u00e9l, y solo \u00e9l, est\u00e1 legitimado para ejercitar las acciones privilegiadas que el ordenamiento le ofrece a los titulares de los derechos inscritos&#8221;.<\/p>\n<p style=\"text-align: justify;\">Sin ahorrar cr\u00edticas a la normativa vigente del impuesto por su ambig\u00fcedad, la resoluci\u00f3n sostiene que cargar al cliente con el gravamen como se ha hecho hasta la actualidad es &#8220;un exceso reglamentario&#8221; y declara ilegal el art\u00edculo de la norma del AJD que identifica al hipotecado como sujeto pasivo, el que lo desembolsa. El Supremo reconoce que su decisi\u00f3n choca con la jurisprudencia pasada, pero tambi\u00e9n recalca que esta nueva postura marca &#8220;doctrina jurisprudencial&#8221;.<\/p>\n<p style=\"text-align: justify;\">No se trata, por lo tanto, de un caso de mala praxis o abuso por parte de la banca -con todo lo de interpretaci\u00f3n que puede haber para un juez en cada caso concreto-, sino de una ilegalidad en la aplicaci\u00f3n del impuesto desde su nacimiento. Lo cre\u00f3 el Estado a principios de los a\u00f1os 90, aunque su gesti\u00f3n est\u00e1 transferida a las comunidades. Los Ejecutivos regionales fijan el tipo dentro unos m\u00e1rgenes comunes. La Xunta aplica el 1,5% de forma general, pero lo baja al 1% para la adquisici\u00f3n de vivienda habitual y al 0,5% en familias numerosas, discapacidad o menores de 36 a\u00f1os. En una hipoteca media en la comunidad, el importe a recuperar ronda los 1.000 euros y hasta 1.500 si la cuant\u00eda del cr\u00e9dito se sit\u00faa en 150.000.<\/p>\n<p style=\"text-align: justify;\">&#8220;La puerta est\u00e1 abierta a todo aquel que quiera reclamar&#8221;, explica Carlos Borr\u00e1s, uno de los abogados de Vigo con mayor conocimiento del sector y m\u00e1s experiencia en este tipo de pleitos. &#8220;Todos los que hoy tengan una hipoteca, aunque la hayan firmado hace 15 a\u00f1os, y pagaran estos gastos -a\u00f1ade-, pueden pedir la devoluci\u00f3n&#8221;. La retroactividad solo est\u00e1 limitada a los \u00faltimos cuatro a\u00f1os si la reclamaci\u00f3n se hace por v\u00eda administrativa, ante la Axencia Tributaria Galega (Atriga); o, ante el banco y por v\u00eda judicial, si el cr\u00e9dito para la vivienda se acab\u00f3 de pagar hace m\u00e1s de cuatro a\u00f1os tambi\u00e9n. A la espera de que el Supremo lleve esta doctrina a la v\u00eda civil -la que cubre los intereses de los consumidores- y las administraciones coordinen un posible proceso com\u00fan, el resto de hipotecados no tienen en principio ninguna limitaci\u00f3n.<\/p>\n<p style=\"text-align: justify;\">En Galicia hay en estos momentos casi 200.000 hogares gallegos pagando una hipoteca. La inmensa mayor\u00eda podr\u00eda acceder al reintegro. A ellos habr\u00eda que sumar los cr\u00e9ditos vinculados a terrenos u otro tipo de inmuebles, sin importar que el titular sea una empresa. De hecho, la sentencia de ayer es la respuesta al recurso presentado por la Empresa Municipal de la Vivienda del municipio madrile\u00f1o de Rivas.<\/p>\n<p style=\"text-align: justify;\">Las hipotecas suponen el pilar fundamental de la recaudaci\u00f3n de AJD para la Xunta. En 2017, cuando se registraron 16.720 hipotecas de todo tipo, los ingresos totales del impuesto ascendieron a 73 millones de euros. En los \u00faltimos a\u00f1os de la burbuja llegaron a rozar los 300.<\/p>\n","protected":false},"excerpt":{"rendered":"<p>El tribunal rectifica y carga a la banca el principal impuesto del pr\u00e9stamo -En un cr\u00e9dito medio en Galicia, el importe ronda&#8230;<\/p>\n","protected":false},"author":1,"featured_media":2876,"comment_status":"open","ping_status":"open","sticky":false,"template":"","format":"standard","meta":[],"categories":[2],"tags":[],"_links":{"self":[{"href":"https:\/\/aproin.com\/index.php\/wp-json\/wp\/v2\/posts\/2875"}],"collection":[{"href":"https:\/\/aproin.com\/index.php\/wp-json\/wp\/v2\/posts"}],"about":[{"href":"https:\/\/aproin.com\/index.php\/wp-json\/wp\/v2\/types\/post"}],"author":[{"embeddable":true,"href":"https:\/\/aproin.com\/index.php\/wp-json\/wp\/v2\/users\/1"}],"replies":[{"embeddable":true,"href":"https:\/\/aproin.com\/index.php\/wp-json\/wp\/v2\/comments?post=2875"}],"version-history":[{"count":1,"href":"https:\/\/aproin.com\/index.php\/wp-json\/wp\/v2\/posts\/2875\/revisions"}],"predecessor-version":[{"id":2877,"href":"https:\/\/aproin.com\/index.php\/wp-json\/wp\/v2\/posts\/2875\/revisions\/2877"}],"wp:featuredmedia":[{"embeddable":true,"href":"https:\/\/aproin.com\/index.php\/wp-json\/wp\/v2\/media\/2876"}],"wp:attachment":[{"href":"https:\/\/aproin.com\/index.php\/wp-json\/wp\/v2\/media?parent=2875"}],"wp:term":[{"taxonomy":"category","embeddable":true,"href":"https:\/\/aproin.com\/index.php\/wp-json\/wp\/v2\/categories?post=2875"},{"taxonomy":"post_tag","embeddable":true,"href":"https:\/\/aproin.com\/index.php\/wp-json\/wp\/v2\/tags?post=2875"}],"curies":[{"name":"wp","href":"https:\/\/api.w.org\/{rel}","templated":true}]}}