Hacienda, la otra gran beneficiada por la devolución de las cláusulas suelo

6 mayo 2016

Los hipotecados que se hubiesen aplicado la deducción por vivienda en el IRPF y ahora recuperen los intereses pagados de más, deberán devolver parte de lo que se descontaron
GABRIEL LEMOS redacción / La Voz de Galicia
Mientras los bancos españoles contienen el aliento a la espera de que el Tribunal de Justicia de la Unión Europea aclare, pasado el verano, si tienen que devolver todos los intereses cobrados de más por las cláusulas suelo, no son los hipotecados los únicos que miran de reojo a Luxemburgo. También lo hace la Agencia Tributaria, que podría dar un buen mordisco a los hasta 7.600 millones que, según los cálculos del Banco de España, recuperarían los afectados si se decreta el reintegro con carácter retroactivo de todo lo pagado de más.

A la espera de esa sentencia, que determinará si se suprime el límite temporal fijado por el Supremo para la devolución del dinero (el 9 de mayo del 2013, fecha en la que el alto tribunal se pronunció sobre el carácter abusivo de las cláusulas suelo), en los últimos tres años han sido muchos los titulares de hipotecas que, bien a través de demandas colectivas, bien mediante pleitos individuales o incluso acuerdos privados con su banco, han recuperado al menos una parte de los intereses. Y eso ha obligado a Hacienda a fijar criterio sobre el tratamiento fiscal de esas devoluciones.

Según el fisco, «la devolución por parte del banco de los intereses pagados en los préstamos hipotecarios no supondrá rendimiento o ganancia para el contribuyente». Traducido: si lo único que recupera son los intereses pagados de más no tendrá que tributar por ellos. Pero el cuento cambia si en algún momento el hipotecado aprovechó la cuota que pagaba de hipoteca para reducir su factura fiscal, principalmente a través de la deducción por inversión en vivienda habitual. En ese caso, recuerdan desde la Agencia Tributaria, el contribuyente sí tendrá que regularizar su situación fiscal devolviendo parte de lo que se descontó en su momento.

En concreto, deberá recalcular las deducciones aplicadas en su día restando la parte de los intereses que ahora se le devuelvan. Para ello, deberá presentar declaraciones complementarias de todos los ejercicios que tenga que regularizar y que no estén ya prescritos.

Otros escenarios
Con todo, desde el fisco matizan que algunas entidades financieras realizaron la devolución de la cláusula suelo reduciendo las cuotas a pagar del propio ejercicio al que correspondían los intereses, «por lo que el dato a final de año correspondiente a la deducción por inversión en vivienda pudiera ser correcto», por lo que instan a los afectados a comprobar cuál es su situación antes de proceder a la regularización.

Pero hay más escenarios. Por ejemplo, que además de recuperar los intereses, el hipotecado perciba un pago adicional en concepto de indemnización, cantidad que, como recuerda Carlos del Pino, socio del despacho Pin y Del Pino Abogados y Asesores Tributarios, sí habría que incluir en la declaración de la renta dentro de la base general (junto, por ejemplo, a los salarios). También tributarían los intereses remuneratorios aplicados sobre el dinero reintegrado, aunque en este caso lo haría a los tipos del ahorro, más reducidos.

Los afectados podrán deducirse los gastos de la demanda judicial contra el banco
En su ajuste de cuentas con Hacienda, no todo son malas noticias para los hipotecados que recuperen los intereses pagados de más. Aunque tendrán que reintegrar parte de lo que se desgravaron en el pasado, aquellos que hayan demandado a su banco para quitarse de encima la cláusula suelo podrán, para compensar, deducirse los gastos judiciales en los que hayan incurrido. De esta forma, los honorarios abonados al abogado o al procurador se sumarán a las cuotas de la hipoteca para calcular el importe de la desgravación en el año en el que adquiera firmeza la sentencia que anula la cláusula suelo, con un tope total de 9.040 euros, según el criterio fijado por la Agencia Tributaria.

Aunque no discrepan del fondo de la interpretación del fisco, en cuanto a la necesidad de regularizar las deducciones, los expertos sí reclaman que se afinen los mecanismos para hacer ese ajuste de cuentas, ya que entienden que obligar a presentar complementarias de hasta cuatro ejercicios distintos es un embrollo administrativo. Antonio Paredes, especialista en renta en el sindicato de técnicos de Hacienda Gestha, entiende que la Agencia Tributaria debería «arbitrar un procedimiento más sencillo» que permita regularizar la deducción en futuras declaraciones.

Regularizaciones que no implican necesariamente tener que pagar a Hacienda. Y es que puede ocurrir, aunque sea extraño, que la desgravación no tenga impacto en el resultado de la declaración, o que esta siga superando el tope anual aún restando el importe devuelto.

Categoría: Noticias Prensa

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